DIRECCIÓN DE CONTROL

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DIRECCIÓN DE
CONTROL

Dirección de Control

La Dirección de Control depende jerárquicamente del Alcalde y tiene el carácter de contralor de todas las unidades municipales y asesora del Concejo Municipal. La Dirección de Control tiene por objeto verificar y controlar la legalidad en el cumplimiento de los objetivos, planes y programas del Municipio, tomando en consideración las instrucciones técnicas de la Contraloría General de la República y las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, promoviendo el correcto funcionamiento del Municipio, como asimismo salvaguardar el patrimonio municipal.

La Dirección de Control tiene a su cargo las siguientes funciones:

  1. Realizar la auditoria operativa interna del Municipio o de los organismos y/o instituciones, fundaciones o corporaciones que la Ley le encargue con el objeto de fiscalizar la legalidad de sus actuaciones.
  2. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal.
  3. Emitir un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario Municipalidad, Educación y Salud.
  4. Representar al Concejo los déficits que advierta en el presupuesto municipal.
  5. Representar al Alcalde los actos municipales, cuando los estime ilegales, para cuyo efecto tendrá acceso a toda la documentación pertinente.
  6. Revisión y control de cumplimiento de la Ley de Transparencia Municipal.
  7. Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras.
  8. Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que ésta requiera.
  9. Informar por escrito las consultas o informes que requieran los Concejales.
  10. Cumplir con las demás funciones que la Ley le encomiende.

 

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