JUZGADO DE POLICÍA LOCAL
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JUZGADO DE POLICIA LOCAL
Juzgado de Policía Local
Es el organismo que se rigen por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 15.231. Siendo la jefatura máxima el Juez o quien le subrogue.
El Juzgado de Policía Local estará compuesto por un Juez y el personal administrativo necesario para el cumplimiento y buen desempeño en las funciones, obligaciones y deberes establecidos en las normativas legales que rigen para la administración de la justicia.
Los artículos 1 y 2 de la Ley 15.231, sobre organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, establece la existencia de los Juzgados de Policía Local y de los Jueces de Policía Local, señalando que la función de éstos es la administración de justicia en las materias que le señala la ley. Los Juzgados de Policía Local son Tribunales Especiales en virtud de lo señalado en la Ley 15.231.
¿Cuáles son sus funciones?
Sus funciones y objetivos se encuentran definidos en el artículo 76 de nuestra Constitución Política de la República de Chile, donde se establece “la facultad de conocer las causas civiles y criminales, de resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado pertenece exclusivamente a los Tribunales establecidos por Ley”.
Días y hora de funcionamiento. el juzgado de policía local conforme a lo establecido por la corte de apelaciones de concepción.
E-MAIL: JPL@YUMBEL.CL
DIRECCIÓN: CALLE CRUZ N° 550
FONO: 43-2875917 – 43-2875915
HORARIO DE ATENCIÓN LUNES A VIERNES 08:00 – 14:00 HRS.-
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